Respuesta Acubrief · Normativa

¿Mi empresa sigue sujeta a la CSRD tras el Omnibus?

Verificado el 1 de julio de 2026
Para la mayoría de las PYMEs, no. Desde la reforma Omnibus I — directiva (UE) 2026/470, en vigor desde el 18 de marzo de 2026 — la CSRD solo se aplica a las empresas que superan a la vez los 1.000 empleados y los 450 millones de euros de facturación neta. Las PYMEs cotizadas quedan totalmente exentas, y alrededor del 80% de las empresas antes incluidas salen del ámbito.

Los umbrales exactos

Los grupos de fuera de la UE solo entran si generan más de 450 M€ de facturación neta en la UE y tienen una filial o sucursal europea por encima de 200 M€.

Qué cambia para tu empresa

El calendario

Qué hacer ahora

  1. Haz una verificación de ámbito a nivel de grupo sobre los dos umbrales (consolidado, no por entidad).
  2. Si fuera de ámbito: decide qué datos ESG comunicarás igualmente a inversores y clientes, y por qué canal — el VSME es la referencia.
  3. Si un gran cliente pide de más: puedes invocar el tope de cadena de valor.
  4. Si sigues sujeto: usa 2026 para prepararte — doble materialidad e inventario de datos.
Fuentes

Información general, actualizada a 1 de julio de 2026 — no sustituye el asesoramiento jurídico sobre tu situación concreta.

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